Concejo Municipal Bolivariano de Valencia - Sitio Web
Valencia, 7 de Febrero del 2012
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Concejal Orlando Tortolero
  Cédula: V-10.229.820
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El Vicepresidente del Concejo Municipal, suplirá las faltas absolutas o temporales del Presidente y se elegirá anualmente dentro de su seno, en la primera sesión o la más inmediata siguiente.

En el caso de falta absoluta del Presidente, el Vicepresidente lo suplirá por lo que resta del ejercicio fiscal En caso de ausencia absoluta del Vicepresidente se procederá a la elección de un nuevo Vicepresidente, en la sesión donde se tenga conocimiento de dicha falta y el mismo asumirá el cargo por lo que resta del ejercicio fiscalEl Suplente del Presidente del Concejo Municipal, además de las atribuciones propias de Concejal, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Ejercer, en ausencia del Presidente, las atribuciones a dicho Presidente, conferidas en este Reglamento.
  2. Coordinar y supervisar las tareas encomendadas a las Comisiones
  3. Las demás que le confieran las Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos
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