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Atribuciones
y Funcionamiento de la Comisión de Mesa:
El Concejo Municipal tendrá una Comisión de Mesa, constituida por los concejales o concejalas jefes de cada una de las fracciones políticas, con representación en el Concejo; la presidirá el Presidente del Concejo y tendrá como secretario al secretario del Concejo.
Cualquier otro concejal o concejala podrá asistir a la Comisión de Mesa, manifestando previamente al Presidente del Concejo su interés en participar en la misma con derecho a voz, pero no a voto.
La Comisión de Mesa tiene las siguientes atribuciones:
- Asesorar a la Presidencia del Concejo Municipal en el examen de las materias recibidas en sesión, a los fines de decidir su respuesta o tratamiento, su destino a alguna comisión o su inclusión en el orden del día.
- Coordinar las acciones de carácter gubernativo que por su importancia, así lo requiera.
- Invitar al seno de la misma, al alcalde y/o demás funcionarios municipales, para considerar asuntos de interés municipal.
- Las demás que le atribuya el Concejo Municipal.
Las decisiones adoptadas por la Comisión de Mesa deberán ser presentadas a la consideración del Concejo Municipal para su aprobación o información, según sea el caso. La Comisión de Mesa deberá reunirse una vez por semana, preferiblemente los días viernes en la hora que previamente determine ella, con una duración máxima de dos horas y en el caso de ser suspendida, la próxima Comisión de Mesa que se realice en día distinto a la ordinaria y se considerara ordinaria.
En caso de empate en alguna votación en el seno de la Comisión de Mesa, el voto del Presidente del Concejo valdrá doble. |
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